Antonio Horacio Gamboa Chabbán
México no necesita elecciones sin conflicto. Necesita conflictos que puedan procesarse democráticamente.
Esa diferencia es fundamental.
Una elección verdaderamente democrática da lugar a la confrontación de proyectos, intereses, liderazgos y visiones de país. Pretender eliminarla sería absurdo. La paz electoral no significa unanimidad, silencio ni aceptación incondicional de la autoridad. Significa algo mucho más complejo: que quienes compiten reconozcan reglas comunes, que el árbitro las aplique con imparcialidad y que las controversias puedan resolverse institucionalmente sin romper la convivencia democrática.
La historia electoral mexicana demuestra que esa paz nunca ha sido gratuita.
La reforma de 1977 amplió la representación política; la crisis de confianza de 1988 contribuyó a la creación del IFE en 1990; las reformas de 1994 y 1996 profundizaron su ciudadanización y autonomía; la elección presidencial conflictiva de 2006 condujo a nuevas reglas sobre comunicación política, equidad y recuentos; y en 2014 se construyó un sistema nacional que otorgó al INE nuevas responsabilidades en materia de elecciones locales y fiscalización.
La constancia histórica es evidente: cuando el arbitraje electoral pierde credibilidad, México termina modificando sus instituciones.
Hoy convendría aprender antes de volver a tropezar.
El Proceso Electoral Federal 2026-2027 comenzó formalmente el 10 de septiembre. El próximo 6 de junio se renovarán las 500 diputaciones federales y habrá elecciones concurrentes en las 32 entidades; en el ámbito local estarán en juego más de 19 mil cargos.
Frente a semejante desafío, México necesita asumir, cuando menos, diez postulados de paz electoral.
1. La ley debe estar por encima de la conveniencia política
Éste tendría que ser el punto de partida.
Ninguna autoridad electoral debería preguntarse primero quién resulta beneficiado o perjudicado por una decisión. La pregunta debe ser: ¿Cuál es la interpretación constitucional y legal que corresponde aplicar?
La crítica jurídica y la crítica política son distintas.
Un partido puede considerar inconveniente una resolución si esta afecta sus intereses. Eso pertenece a la competencia política. Pero cuando se cuestionan la competencia de la autoridad, la fundamentación, la motivación, la congruencia, los precedentes o la aplicación igualitaria de una norma, estamos ante otra discusión.
El artículo 41 constitucional establece la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad, la máxima publicidad y la objetividad como principios que deben regir la función electoral.
La primera condición de paz consiste, por tanto, en algo aparentemente elemental: la autoridad debe hacer cumplir la ley incluso cuando hacerlo resulte políticamente incómodo.
2. Las reglas deben conocerse antes de conocer a sus beneficiarios
México aprendió durante décadas que una regla electoral pierde legitimidad cuando parece diseñada para resolver una coyuntura específica.
La consolidación institucional del antiguo IFE respondió precisamente a la necesidad de sustituir las decisiones políticas por procedimientos previamente establecidos. Después de la cuestionada elección de 1988 se exigió una autoridad especializada; en 1994 aumentó el peso de los consejeros ciudadanos y en 1996 se retiró completamente al Poder Ejecutivo de la integración con voto del órgano superior electoral.
La lección permanece vigente.
Las reglas fundamentales de la competencia no deberían improvisarse cuando ya conocemos quiénes compiten ni modificarse para resolver problemas particulares previsibles.
Un buen árbitro reduce la incertidumbre sobre las reglas y preserva únicamente una incertidumbre: quién ganará la elección.
3. La independencia debe existir y también percibirse
No basta con que una autoridad afirme ser independiente.
Tiene que demostrarlo.
La reforma de 1996 constituye uno de los momentos centrales de nuestra historia electoral precisamente porque separó al Poder Ejecutivo de la conducción del IFE. La autonomía fue una respuesta institucional a décadas en las que el gobierno participaba directamente en la organización electoral.
Esa memoria histórica obliga hoy al INE a mantener distancia tanto frente al gobierno como frente a las oposiciones, las dirigencias partidistas, las candidaturas, los poderes económicos y los grupos de presión.
La imparcialidad no significa repartir decisiones favorables y desfavorables de forma matemática.
Significa aplicar el mismo estándar jurídico independientemente del nombre, del partido o del poder de quien esté enfrente.
4. El adversario político debe seguir siendo un adversario legítimo
La reforma de 1977 dejó una enseñanza que México no debería olvidar: cuando una parte relevante de la pluralidad política queda fuera de las instituciones, el conflicto puede trasladarse fuera de ellas.
Aquella reforma permitió la incorporación institucional de fuerzas que habían permanecido excluidas y amplió la representación proporcional.
Cincuenta años después, la lección sigue vigente bajo otra forma.
Gobierno y oposición necesitan reconocerse mutuamente como competidores legítimos. Ganar una elección no convierte al vencedor en propietario del Estado. Perderla tampoco elimina los derechos políticos de las minorías.
La paz democrática comienza cuando derrotar electoralmente al adversario no implica pretender desaparecerlo institucionalmente.
5. El dinero no puede comprar ventajas que los votos todavía no han otorgado
Una elección pierde legitimidad cuando quienes compiten perciben que algunos pueden comprar exposición, estructura, propaganda o influencia inaccesibles para los demás.
Después de la crisis electoral de 2006, la reforma de 2007-2008 modificó profundamente el modelo de comunicación política, prohibió la compra partidista de espacios electorales en radio y televisión y transfirió su administración a la autoridad electoral. La finalidad fue crear condiciones de competencia más equitativas.
En 2014, además, se fortaleció la fiscalización nacional y se exigió que el control de ingresos y gastos produjera resultados oportunos, incluso antes de la calificación definitiva de las elecciones.
La enseñanza es sencilla:
El dinero opaco y la paz electoral son incompatibles.
Para 2027, fiscalizar tarde equivale, muchas veces, a fiscalizar mal.
6. Cada voto debe poder explicarse, verificarse y reconstruirse
La elección de 2006 dejó una cicatriz importante. La diferencia presidencial fue de alrededor de medio punto porcentual y desembocó en un intenso conflicto postelectoral. Posteriormente se modificaron reglas relacionadas, entre otras cuestiones, con los recuentos y la competencia electoral.
La lección no consiste en evitar las elecciones cerradas.
Ninguna autoridad puede hacerlo.
Consiste en estar preparada para ellas.
Un sistema electoral debe diseñarse pensando en el peor escenario razonablemente posible: diferencias mínimas, paquetes controvertidos, resultados impugnados y partidos desconfiados.
Por eso, cada procedimiento relacionado con boletas, actas, paquetes, recuentos, PREP y cómputos debe ser inequívoco, verificable y auditable.
La certeza no puede empezar cuando surge el conflicto.
Debe diseñarse antes de que aparezca.
7. Las diferencias dentro del árbitro deben producir mejores decisiones, no bandos
Un Consejo General dividido no constituye necesariamente una debilidad.
Once personas pensando con exactitud igual serían probablemente más preocupantes.
Pero existe una enorme diferencia entre la pluralidad deliberativa y la fragmentación institucional.
Las consejerías pueden discrepar jurídicamente. Lo que no debería normalizarse es que comisiones, áreas técnicas, Junta General Ejecutiva, Secretaría Ejecutiva y Consejo General operen con información insuficientemente compartida o con criterios difíciles de conciliar.
La reforma de 2014 convirtió al INE en una autoridad nacional y amplió sus responsabilidades de coordinación con los organismos electorales locales.
Ese diseño exige algo elemental: una institución compleja necesita hablar consigo misma antes de hablarle al país.
Las diferencias deben procesarse institucionalmente, no convertirse en incertidumbre para los contendientes.
8. La autoridad debe explicar, no propagandizar
Una resolución electoral no adquiere legitimidad solo porque se publique un comunicado que afirme que genera certeza.
La certeza tiene que demostrarse.
Esto obliga al INE a desarrollar una comunicación mucho más pedagógica: explicar qué decidió, cuál fue su fundamento, qué alternativas se discutieron, por qué se descartaron y cuáles serán las consecuencias concretas.
México aprendió en el año 2000 la importancia de comunicar oportunamente resultados confiables. El PREP y otros mecanismos de transparencia contribuyeron a una elección que dio lugar a la primera alternancia presidencial en la etapa democrática contemporánea, mediante una transmisión pacífica del poder.
La comunicación electoral no debe defender reputaciones personales.
Debe defender procedimientos verificables.
9. La impugnación debe entenderse como parte de la democracia, no como una declaración de guerra
Impugnar una elección o un acuerdo del INE no implica desconocer automáticamente las instituciones.
El sistema mexicano construyó durante décadas tribunales, medios de impugnación, procedimientos sancionadores y mecanismos de recuento precisamente para canalizar jurídicamente el desacuerdo.
La paz electoral no exige que quien pierde permanezca callado.
Exige que pueda acudir a las instituciones y que éstas respondan con decisiones fundadas, imparciales y oportunas.
Pero también implica una responsabilidad para los actores políticos: distinguir entre ejercer el derecho a controvertir un resultado y desacreditar de forma preventiva cualquier resultado adverso.
Las urnas deciden políticamente; los tribunales resuelven jurídicamente las controversias. Confundir ambos espacios los erosiona.
10. Nadie debe ser más importante que la legitimidad de la elección
Éste debería ser el postulado final.
Ni el gobierno.
Ni la oposición.
Ni un partido.
Ni una candidatura.
Ni una consejera.
Ni un consejero.
Ni siquiera el propio INE.
Las instituciones electorales son instrumentos destinados a proteger el derecho ciudadano a decidir quién ejerce el poder público. Cuando una autoridad comienza a proteger primordialmente su imagen, cuando un partido pretende adaptar las reglas a sus intereses o cuando un gobierno confunde la mayoría política con la disposición sobre el proceso electoral, el sistema empieza a perder su razón de ser.
La experiencia mexicana ofrece una prueba particularmente poderosa: en 2000, 2012 y 2018 se registraron alternancias presidenciales. El INE identifica específicamente la elección de 2018 como una transición pacífica del poder.
Esa debería ser una medida de éxito institucional: que quien gane pueda gobernar y quien pierda pueda seguir compitiendo.
La paz electoral se construye antes de contar los votos
México no necesita un pacto para que nadie critique al INE.
Necesita exactamente lo contrario.
Necesita partidos vigilantes, ciudadanía exigente, medios críticos, especialistas independientes, tribunales eficaces y consejerías capaces de defender jurídicamente cada voto que emiten en el Consejo General.
Tampoco necesitamos una autoridad que pretenda agradar a todos.
Necesitamos una autoridad previsible.
La historia mexicana demuestra que los malos arbitrajes terminan generando reformas; los buenos arbitrajes permiten alternancias, aceptación institucional y continuidad democrática.
El desafío de 2027 consiste en no esperar una nueva crisis para corregir aquello que todavía puede corregirse.
La reconciliación electoral no implica olvidar las diferencias. Significa establecer las condiciones para que esas diferencias puedan afrontarse sin destruir las reglas comunes.
Por eso estos diez postulados pueden resumirse en uno:
Nadie debe saber quién será beneficiado por una decisión electoral, pero todos deberían poder anticipar qué regla aplicará el árbitro.
Cuando eso ocurre, incluso quien pierde puede reconocer que hubo una competencia auténtica.
Y ahí comienza, verdaderamente, la paz electoral.
Mtro. Antonio Horacio Gamboa Chabbán
Presidente del Colegio de Abogados de América Latina COTAL, A.C.














